viernes, 27 de diciembre de 2013

Ley Impositiva 2014 BA Inmobiliario Rural y Marcas

La Ley 14.553 -Impositiva 2014-, publicada en el Boletín Oficial el 24 de Diciembre de 2013, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2014 en la Provincia de Buenos Aires.

Entre lo dispuesto por la Ley, se puede observar que se incrementan los costos de tramitación en el Departamento Registro Ganadero un 20 % con respecto a los valores de 2013. 
También se especifican importes para distintas habilitaciones en la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria y Alimentaria -Habilitación sanitaria de Establecimientos elaboradores y depósitos de productos Lácteos, de Establecimientos Apícolas, de Establecimientos Cunícolas, de Explotaciones Porcinas, de Establecimientos Avícolas-, así como para la realización distintos análisis en reparticiones del Ministerio de Asuntos Agrarios -Diagnóstico Bromatológico, Veterinarios, Bacteriológicos, Cárnicos, de Productos Lácteos, Bioquímicos-.(Todas las tasas M.A.A.)

Inmobiliario Rural:

martes, 10 de diciembre de 2013

Nuevo Clasificador de Actividades Económicas

La Resolución General 3537/13 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un Nuevo Clasificador de Actividades Económicas (CLAE), el cual se utiliza para la clasificación y codificación de las actividades que desarrollan los contribuyentes, que se encuentra vigente desde el 1 de Noviembre de 2013.


El nuevo Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N° 883 reemplaza al anterior Nomenclador de Actividades - Formulario N° 150, para ello la AFIP ha realizado de oficio la conversión automática de actividades económicas y así adaptarlas a la nueva codificación. A través de la página web del organismo se puede consultar si dicha modificación se ha realizado o no. (Consultar)


En el caso de observar que no se ha efectuado la conversión automática del código de actividad, los contribuyentes y/o responsables deberán ingresar con Clave Fiscal al sitio web de AFIP y a través del servicio Sistema Registral realizar la modificación que corresponda. A tal efecto, se han fijado fechas limites para realizar el empadronamiento, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:



martes, 29 de octubre de 2013

Monotributo: Nuevos Importes de Obra Social

Como era de esperar, luego de la postergada actualización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, y una vez finalizadas las elecciones legislativas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementa los importes que se abonan al Sistema Nacional de Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales.

A través de la Resolución General 3533/13, publicada en el Boletín Oficial, aumenta un 46% el valor de la cotización fija destinada a la Obra Social de los Monotributistas

Según la actividad que desarrolle y la categoría en la que se encuentra, los nuevos importes quedan configurados de la siguiente manera:


jueves, 24 de octubre de 2013

Afip: Informe de Superficie Afectada a Cultivos de Invierno

Los productores agropecuarios tienen plazo hasta el 31 de Octubre para que informen la capacidad de producción de la superficie agrícola destinada a cultivos de invierno: alpiste, arveja, avena, cártamo, colza/canola, cebada, centeno, garbanzo, lenteja, lino, trigo, triticale y otros granos provenientes de cultivos de invierno.



En la Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se estableció un Régimen de Información respecto de la Existencia de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola -ya sea mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros, bajo alguna de las formas establecidas por la ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.

sábado, 28 de septiembre de 2013

AFIP: Informe de Existencias de Granos

Hasta el 30 de Septiembre los productores agropecuarios tienen plazo para informar las existencias que poseían al 31 de Agosto, de los granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción. 


La Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un Régimen de Información respecto de la Existencia de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola -ya sea mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros, bajo alguna de las formas establecidas por la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.

Este régimen informativo -que  según la  Resolución General 3102/11 de AFIP, tiene un plazo de presentación que va desde el día 1 y hasta el 30 de Septiembre de cada año- incluye la producción total de granos no destinados a la siembra de: lino, girasol, maní, colza, canola, cebada forrajera, cebada apta para maltería, cebada cervecera, centeno, trigo candeal, trigo blando, trigo forrajero, trigo plata, trigo pan, avena, maíz, maíz flynt o plata, maíz pisingallo, mijo, sorgo granífero, soja, triticale, alpiste, algodón, arroz, lenteja, arveja, poroto, entre otras legumbres y otros granos.

jueves, 12 de septiembre de 2013

Modificaciones en Monotributo

Luego de la postergada actualización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, la Resolución General 3529/13 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), modifica los parámetros de los ingresos brutos acumulados y el importe de los alquileres devengados anualmente que determinan las categorías de Monotributo.



Es de destacar que la norma comienza a regir desde el 1 de Septiembre, la misma incrementa en un 100% los importes máximos de facturación anual en cada categoría, así como también los montos de los alquileres devengados -los parámetros energía eléctrica consumida y superficie afectada a la actividad se mantienen sin cambios-. De esta manera se eleva el límite de ingresos anuales establecidos a $400.000 para los que realizan locaciones y/o prestan servicios y $600.000 para ventas de bienes muebles.

domingo, 8 de septiembre de 2013

Monotributo: Recategorízación - Exclusión

El próximo 20 de Septiembre vence el plazo para que los Pequeños Contribuyentes realicen -si correspondiere- la recategorización sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Septiembre de 2012 y Agosto de 2013, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 31 de Agosto de 2013, siempre y cuando funcione correctamente la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos:



Modificación en Monotributo Septiembre de 2013

jueves, 29 de agosto de 2013

AFIP: Informe producción de Maíz, Soja y Girasol

El 31 de Agosto vence el plazo para informar la producción total de Maíz, Soja y Girasol correspondiente a la campaña agrícola 2012-2013 según lo establece la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vigente desde Junio de 2012 que estableció la implementación de este nuevo Régimen de Información -abarca la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.



Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de los mencionados productos mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con este régimen informativo independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.


La información relativa a la campaña deberá suministrarse mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio “Productores Agrícolas - Capacidad Productiva”, "Información de Producción de Granos obtenida de Maíz, Soja y Girasol". 

miércoles, 14 de agosto de 2013

Régimen de Información Tenencia Física de Maíz Agosto 2013

El 30 de Agosto de 2013 vence el plazo para la presentación del Régimen de Información de Producción y Tenencia Física de Maíz establecido por la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI). A través del Formulario B se informa la producción de maíz comprendida entre el 1 de Junio y el 15 de Agosto de 2013 como así también las existencias físicas de maíz a esta última fecha


Cabe destacar que esta Declaración Jurada es complementaria a la que debía presentarse el 31 de Mayo (Más Información) y en caso de que no se haya presentado se rehabilitará el Formulario A. En la anterior oportunidad se aclaró que aquellos que no hayan cosechado maíz campaña 2012/2013 a la fecha de presentación y no dispongan de existencias a esa fecha no están obligados a presentar la declaración jurada -quienes deseen hacerlo de igual manera, podrán completar la misma declarando cero cosecha y cero existencias-. 

Presentación:


Deben presentarlo los productores -incluidos acopiadores, exportadores, industrias y demás actividades- que hayan cosechado maíz en la campaña 2012/2013, hayan comercializado o no el grano; y los propietarios del grano -productores, acopiadores, exportadores, industrias, etc.- que tengan grano de su propiedad en su poder o en establecimientos de terceros y aquellos tenedores de existencia física del grano de terceros. 


|- Quienes sean sólo productores y hayan cosechado maíz entre el 1 de Junio y el 15 de Agosto de 2013 deberán utilizar el "Formulario B - Productores" informando únicamente la cosecha realizada entre ambas fechas -sin consignar el stock al 15 de Agosto-.


|- Para acopiadores, exportadores, industrias, demás actividades, quienes además pueden tener propia producción deberán utilizar el "Formulario B - Exportadores" informando el stock propio almacenado en depósitos propios y/o de terceros y el grano en su poder propiedad de terceros al 15 de Agosto de 2013. Del mismo modo en el Formulario mencionado se deberá informar la producción propia -si hubiere- entre el 1 de Junio y 15 de Agosto.


|- Para todos aquellos -tanto productores, exportadores, acopiadores, industrias, etc.- que hayan cosechado maíz hasta el 31 de Mayo de 2013 y/o tuvieren granos a dicha fecha y no hayan presentado el "Formulario A" oportunamente, se rehabilitará el mismo a efectos de informar tanto la producción cosechada al 31 de Mayo de 2013 como así también el stock a dicha fecha.


Las presentaciones de cualquiera de estos formularios son independientes unas de otras debiendo el declarante elegir el/los formularios correspondientes según su condición (productor y/o exportador/acopiador, etc.) y/o de acuerdo a las fechas indicadas.

lunes, 24 de junio de 2013

ARBA: Impuesto Inmobiliario Complementario

Desde el mes de Julio la Provincia de Buenos Aires comenzará a aplicar un nuevo Impuesto Inmobiliario Complementario que alcanzará a los propietarios de más de un inmueble del mismo tipo radicados en el territorio provincial


Se trata de un adicional que abonan aquellos contribuyentes que tengan más de una propiedad del mismo tipo de planta, es decir más de un campo, más de una casa o más de un terreno considerado baldío. A esta situación, hay que sumarle los revalúos efectuados en los inmuebles rurales en el año 2012 -un incremento más que importante en la mayoría de los casos, así como también su incidencia sobre los impuestos nacionales- y que muchas veces una misma propiedad está compuesta por varias partidas inmobiliarias.


La Resolución Normativa 20/13 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) estableció un Impuesto Inmobiliario Complementario correspondiente al año 2013 que alcanza únicamente a aquellos sujetos que, al 1° de Enero, revistan el carácter de únicos propietarios, usufructuarios o poseedores a título de dueño, de más de 1 (un) inmueble de la planta urbana edificada, y/o de más de 1 (un) inmueble de la planta urbana baldía, y/o de más de 1 (un) inmueble de las plantas rural y/o subrural -consideradas estas dos últimas plantas en forma conjunta-.

martes, 18 de junio de 2013

Convenio Multilateral: Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos

El 28 de Junio de 2013 operará el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2012 -Formulario CM05-, sin perjuicio de aplicar el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 69 y 70 de la Resolución General Nº 2/2010 (Com. Arbitral Convenio Multilateral). 


Esta última resolución estableció que a partir del cuarto anticipo de Convenio Multilateral deberán aplicarse los nuevos coeficientes unificados y realizarse los ajustes de los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2013

Se aplicará el coeficiente que surge de los ingresos y gastos del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior (para el caso que no confeccione balance), según corresponda. 

miércoles, 5 de junio de 2013

Régimen de Información Tenencia Física de Maíz 2013

Entre el 1 y el 14 de Junio de 2013 hay plazo para la presentación del Régimen de Información de Producción y Tenencia Física de Maíz al 31 de Mayo de 2013 establecido por la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI).


Mediante un formulario con carácter de Declaración Jurada, se debe declarar el total cosechado durante la campaña 2012/2013 y las existencias físicas de maíz al día 31 de Mayo de 2013 -cosecha 2012/2013 y/o anteriores-. Se aclara que aquellos que no hayan cosechado maíz campaña 2012/2013 al 31 de mayo de 2013 y no dispongan de existencias a esa fecha no están obligados a presentar la declaración jurada -quienes deseen hacerlo de igual manera, podrán completar la misma declarando cero cosecha y cero existencias-. 


Deben presentarlo los productores -incluidos acopiadores, exportadores, industrias y demás actividades- que hayan cosechado maíz en la campaña 2012/2013, hayan comercializado o no el grano; y los propietarios del grano -productores, acopiadores, exportadores, industrias, etc.- que tengan grano de su propiedad en su poder o en establecimientos de terceros y aquellos tenedores de existencia física del grano de terceros. 

Formas de presentación: 

sábado, 18 de mayo de 2013

Nuevos Aranceles Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria


Mediante la Resolución 414/13 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), se incrementaron los importes de los aranceles para la inscripción o reinscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) a partir del 18 de Mayo de 2013.


La Resolución 302/12 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA), vigente desde Mayo de 2012, creó el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria. Deben inscribirse en este Registro Único, las personas físicas y/o personas jurídicas que intervengan en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroalimentarias de los mercados: (Mayor detalle de composición de mercados)
1. Mercado de Lácteos, sus productos, subproductos y/o derivados. 
2. Mercado de Granos, sus productos, subproductos y/o derivados. 
3. Mercado de Ganados y carnes, sus productos y subproductos de las especies bovina, caprina, equina, ovina, porcina y avícola.
4. Mercado Avícola.

Para la inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), se deberá completar y presentar los Formularios de Inscripción que tienen carácter de Declaración Jurada en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA), previo pago de los aranceles de inscripción.

jueves, 16 de mayo de 2013

Declaración Cuatrimestral de Monotributo - Factura Electrónica


Del 27 al 31 de Mayo los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que -al finalizar el cuatrimestre- revistan la calidad de empleadores y/o se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada  Informativa Cuatrimestral de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida.




Plazos:
La Declaración de Monotributo Informativa, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Enero y Abril de 2013, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:


lunes, 13 de mayo de 2013

Creación de Fideicomiso para la producción de Trigo


Mediante el Decreto 516/13 del Poder Ejecutivo Nacional se busca fomentar la siembra de trigo para la campaña 2013-2014 que comenzará en el mes de Junio. Para ello se constituye un fideicomiso que tendrá por objeto la transferencia a los productores de los recursos obtenidos por el Estado Nacional a través del producido de los derechos de exportación de trigo y sus derivados, que en la actualidad son del 23% para el trigo y del 13% para la harina



El fideicomiso -del que serán beneficiarios los productores de trigo- se extenderá, en principio, hasta el año 2015 y será administrado por Nación Fideicomisos S.A. quien es el Fiduciario de los bienes que el Estado Nacional como Fiduciante -a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación y de la Secretaria de Comercio Interior- transfiere en fideicomiso.

Los bienes fideicomitidos serán:
|- Un monto equivalente a las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en concepto de derechos de exportación de trigo y sus derivados.
|- El producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos.
|- Las contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al fideicomiso.
|- Los recursos que, en su caso, le asignen el Estado Nacional, las Provincias y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

jueves, 9 de mayo de 2013

Recategorización Monotributo - Exclusión

El 20 de Mayo vence el plazo para que los Pequeños Contribuyentes realicen la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Mayo de 2012 y Abril de 2013, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 30 de Abril de 2013.

Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos:



jueves, 21 de marzo de 2013

Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos Arba

A partir del 25 de Marzo de 2013 comienza a vencer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de los contribuyentes pertenecientes al régimen de pago mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al período fiscal 2012.


El vencimiento de la obligación -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable- se detalla en el siguiente cronograma:


martes, 12 de marzo de 2013

ARBA: Control Fiscal Agropecuario


En Provincia de Buenos Aires, los propietarios de inmuebles rurales, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual con vencimiento el próximo 15 de Marzo de 2013


En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2012. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación.

martes, 26 de febrero de 2013

AFIP: Informe producción de Trigo


El 28 de Febrero vence el plazo para informar la producción total de Trigo correspondiente a la campaña agrícola 2012-2013 según lo establece la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vigente desde Junio de 2012 que estableció la implementación de este nuevo Régimen de Información -abarca la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.


Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de trigo mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.

La información relativa a la campaña deberá suministrarse mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio “Productores Agrícolas - Capacidad Productiva”, "Información de Producción de Granos obtenida de Trigo". 

lunes, 18 de febrero de 2013

Declaración Jurada Anual Arbanet


Desde el 25 de Febrero de 2013 comienza el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Régimen de pre-liquidación online de anticipos mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires -Arbanet- correspondiente al período fiscal 2012.


El cronograma de vencimiento de la obligación, según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, es el siguiente:



Están incluidos en la liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet- aquellos contribuyentes directos que tributaron por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, con ingresos totales anuales -gravados, no gravados y exentos- correspondientes al año anterior -2011- que no superaron la suma de 300 mil pesos y que se encontraban en el padrón de Arbanet. 

jueves, 14 de febrero de 2013

AFIP Fiscalización Electrónica: Control Soja


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está notificando procedimientos de Fiscalización Electrónica -implementada a través de la Resolución General  3416/12- a productores agrícolas que según la información con la que cuenta el organismo poseen existencias de granos de soja al 30 de Enero del corriente año. Para contestar el Requerimiento Fiscal Electrónico se le da a los responsables un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas -a partir de recibida la notificación- a efectos de ratificar o rectificar las existencias.


Para dar cumplimento a la Fiscalización es necesario ingresar al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con Clave Fiscal -Nivel de Seguridad 2- y adherir el servicio interactivo “Fiscalización Electrónica". Una vez incorporada la nueva relación aparecerá en el listado de servicios activos desde donde se podrá consultar el Requerimiento Fiscal Electrónico.




Accediendo a la opción "Cumplimiento de Requerimiento Fiscal Electrónico" e ingresando el número de fiscalización electrónica el contribuyente podrá contestar en línea el Requerimiento, así como también adjuntar en formato pdf la prueba documental que considere necesaria. La información remitida tendrá el carácter de declaración jurada. 

martes, 5 de febrero de 2013

Régimen de Información Tenencia Física de Trigo 2013


Entre el 1 y el 15 de Febrero de 2013 hay plazo para la presentación del Régimen de Información de las Existencias de Trigo Pan al 31 de Enero de 2013 establecido por la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI).

De esta manera, las personas físicas y/o jurídicas que posean existencias de Trigo Pan condición Estándar y/ó Trigo Pan condición Fuera de Estándar al día 31 de Enero de 2013 deberán presentar un formulario con carácter de Declaración Jurada. La tenencia física de trigo a la que se refiere el Régimen de Información comprende a todo el trigo disponible -sea de la cosecha 2012/2013 como de cosechas anteriores-.


Deberán completar los formularios los propietarios del grano -tengan o no la existencia en sus depósitos propios- y aquellos no propietarios tenedores de existencia física del grano de terceros -depositarios-.

Formularios:

|- Quienes dispongan de existencias físicas de Trigo Pan condición Estándar deberán completar y presentar el Formulario A.
|- Quienes dispongan de existencias físicas de Trigo Pan condición Fuera de Estándar deberán completar y presentar el Formulario B.
Los declarantes que dispongan de existencias físicas tanto de Trigo Pan condición Estándar como de Trigo Pan condición Fuera de Estándar deberán completar y presentar ambos formularios -A y B-, es decir, realizar dos declaraciones juradas.


miércoles, 30 de enero de 2013

Informe de Superficie Afectada a Cultivos de Verano


Los productores agropecuarios tienen plazo hasta el 31 de Enero de 2013 para informar la capacidad de producción de la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano: algodón, arroz, girasol, maíz, maní, mijo, soja, sorgo, poroto y otros granos provenientes de cultivos de verano. 

En la Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se estableció un Régimen de Información respecto de las Existencias de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola mediante la explotación de inmuebles rurales -propios o de terceros, o bajo alguna de las formas establecidas por la ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.



jueves, 10 de enero de 2013

Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral de Monotributo


Los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que -al finalizar el cuatrimestre- se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L y/ó revistan la calidad de empleadores, están obligados a presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada Cuatrimestal de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida.




Plazos:
La Declaración de Monotributo Informativa, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Septiembre y Diciembre de 2012, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:

miércoles, 9 de enero de 2013

Recategorización Monotributo Enero 2013


El 21 de Enero vence el plazo para que los Pequeños Contribuyentes realicen la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Enero y Diciembre de 2012, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 31 de Diciembre de 2012.

Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos: