martes, 12 de marzo de 2013

ARBA: Control Fiscal Agropecuario


En Provincia de Buenos Aires, los propietarios de inmuebles rurales, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual con vencimiento el próximo 15 de Marzo de 2013


En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2012. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación.


Para completar la Declaración Jurada deberá suministrarse entre otros datos la siguiente información:

|- Datos concernientes al Inmueble Rural: Número de Partida Inmobiliaria.
|- Objeto de explotación: Todo lo referido a las actividades agropecuarias -o de otra índole económica- desarrolladas en el inmueble, especificando el objeto de la explotación  realizada en cada partida -agricultura, ganadería, forestal, otras-.
|- Información de copropietarios de la partida inmobiliaria. En el caso de que existan, se deberá informar la CUIT de cada uno de ellos y el porcentaje de dominio que correspondiente en cada partida informada.
|- Modalidad de explotación: Por el contribuyente de la Partida exclusivamente; Por terceros exclusivamente; Por el contribuyente y por terceros, o Sin explotación.
|- Para las actividades desarrolladas por terceros exclusivamente o por el contribuyente y por terceros, se deberá completar los datos del vínculo o relación contractual referido a los contratos en virtud de los cuales se hubiere cedido el inmueble para su explotación -sean éstos escritos o no, gratuitos u onerosos, de naturaleza asociativa o no- indicando superficie cedida, fecha de celebración, plazo de vigencia y monto del contrato o porcentaje de distribución de los frutos de la explotación, de corresponder, como así también los datos de cada una de las partes contratantes y si se ha pactado alguna cláusula de prohibición de cesión o subarrendamiento.

Por AMI Consultora Contable
|Todos los Derechos Reservados|    

2 comentarios:

  1. La Resolución Normativa Nº 006/13 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) extiende el vencimiento hasta el 15 de Abril de 2013, para la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 del Control Fiscal Agropecuario.

    ResponderBorrar
  2. Nuevamente la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) extiende el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 del Control Fiscal Agropecuario, esta vez hasta el 1° de Julio de 2013 según la Resolución Normativa Nº 021/13.

    ResponderBorrar